MenúArtículo 183Artículo 185
Título V - De los procedimientos administrativos.
Capítulo III - Del procedimiento administrativo de ejecución. (Art. 145-196)
Sección IV - Del remate.
Artículo 184 - Incumplimiento del postor una vez fincado el remate. Cuando el postor en cuyo favor se hubiera fincado un remate no cumpla con las obligaciones contraídas y las que este Código señala, perderá el importe del depósito que hubiere constituido y la autoridad ejecutora lo aplicará de inmediato en favor del fisco federal. En este caso, se iniciará nuevamente la almoneda en la forma y plazos que señalan los artículos respectivos.
CFF: 181, 188-BIS, 191,