Título V - De los procedimientos administrativos.
Capítulo III - Del procedimiento administrativo de ejecución. (Art. 145-196)
Sección IV - Del remate.
Artículo 190 - Preferencia del fisco federal para adjudicarse los bienes ofrecidos en remate. El fisco federal tendrá preferencia para adjudicarse los bienes ofrecidos en remate, en los siguientes casos:
I A falta de postores.
II A falta de pujas.
III En caso de posturas o pujas iguales.
IV (Se deroga).
Último párrafo (Se deroga).