MenúArtículo 193Artículo 195
CFF: 20, 191, 196,
Título V - De los procedimientos administrativos.
Capítulo III - Del procedimiento administrativo de ejecución. (Art. 145-196)
Sección IV - Del remate.
Artículo 194 - Orden de aplicación del producto obtenido del remate, enajenación o adjudicación. El producto obtenido del remate, enajenación o adjudicación de los bienes al fisco, se aplicará a cubrir el crédito fiscal en el orden que establece el Artículo 20 de este Código.
CFF: 20, 191, 196,